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Por Kika Fumero

AlumnAs en la República

Como decíamos en el primer post, la proclamación de la Segunda República supuso que el 13 de abril de 1931 España se acostara monárquica y se despertara republicana al día siguiente. Asimismo, y paralelamente, la España del 31 de marzo de 1939 se acostó republicana y amaneció el 1 de abril bajo el mando de una dictadura que convertiría todos los avances sociales y humanos en sueños rotos. En materia de Educación, se siguió el mismo camino.

La Segunda República española hace honor a un período de cambio y liberalización, especialmente para la mujer. Fueron años intensos, marcados por el progreso, la cultura y la libertad en la mayoría de los sectores; entre ellos, la educación.

La Constitución de 1931 dignificó la figura del docente (maestros, profesores y catedráticos serán reconocidos como funcionarios públicos), promulgó y garantizó la libertad de cátedra y de conciencia, e impulsó una escuela única, laica y gratuita. Efectivamente, la enseñanza será laica, hará del trabajo el eje de su actividad metodológica y se inspirará en ideales de solidaridad humana. Se reconoce a las Iglesias, sujeto a inspección del Estado, de enseñar sus respectivas doctrinas en sus propios establecimientos (artículo 48). En la Constitución de 1978, sin embargo, el paso de la dictadura y la transición dejó su huella en el artículo 27 de la misma, punto 3: Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.

Pero vayamos por pasos, ya que, para entender el carácter progresista y reformista de la Constitución de 1931, es necesario entender la historia. Hasta ese momento, las mujeres españolas habían jugado un papel pasivo y discriminado en la sociedad, limitándose a su rol de esposa y madre, pertenecientes al hombre y dependientes de él. Su espacio estaba limitado a la esfera privada del hogar. Además, la incorporación de la mujer al mundo profesional estaba obstaculizada por el analfabetismo y por la estructura de la ley laboral, que dificultaba la incorporación al trabajo a mujeres con hijas e hijos.

Aquellas que trabajaban se resumían en un 24%, solteras y viudas en su mayoría. Éstas últimas, al carecer de derecho a pensión de viudedad, se veían obligadas a trabajar para sacar a la familia adelante. Las que estaban casadas dependían del permiso de sus maridos para acceder a cualquier trabajo; y, en caso de que lo consintieran, ellos poseían plena potestad para quedarse con el total o con una parte del salario.

Esta situación injusta y discriminatoria tuvo como consecuencia el despertar de una conciencia feminista. Las mujeres empezaron a hartarse de tanta desigualdad, comenzaron a romper el silencio en el que estaban sumergidas y salieron a la calle a reivindicar sus derechos. La Constitución del 31 supuso una fuente de oxígeno para todas; en ella, no solo se eliminaron algunos de los privilegios reconocidos solamente a los hombres, sino que se reguló el acceso de las mujeres a cargos públicos y se mejoraron sus condiciones laborales (por ejemplo, se prohibieron las cláusulas de despido por contraer matrimonio o por maternidad). En medio de este auge en la calidad de vida de la mujer, el Lyceum Club Femenino supuso un punto de encuentro, el germen de discusiones sobre sus derechos civiles y problemas sociales. Todas ellas tenían claro una premisa: para empoderarse, se hacía necesaria una educación.

Nacieron las primeras escuelas mixtas y se abrió paso a la Coeducación, una manera de educar que, afortunadamente, está ganando de nuevo espacio y prioridad en nuestros días. Las trabajadoras pudieron acceder a la Educación gracias a las escuelas nocturnas que se crearon para ellas. Esto, unido a la abolición de las asignaturas domésticas y religiosas, hizo posible que el analfabetismo femenino se viera reducido significativamente.

Resulta cuanto menos curioso que en una Constitución que se autopromulga laica se tenga tan en cuenta la familia en la educación de las hijas e hijos, un aspecto que, sin embargo, no recoge la Constitución de 1978. La del 31 habla de la Educación dentro del apartado “Familia, Economía y cultura” y ahí establece que los padres están obligados a alimentar, asistir, educar e instruir a sus hijos. El Estado velará por el cumplimiento de estos deberes y se obliga subsidiariamente a su ejecución. Se reconoce, por tanto, que los educadores por excelencia son los padres, quedando el Estado en segundo plano (pero no por ello menos importante). El artículo 48 de la misma Constitución nos permite entender mejor la mentalidad sobre Educación y nos da la clave para comprender el proyecto político en este campo: El servicio de la cultura es atribución esencial del Estado y lo prestará mediante instituciones educativas enlazadas por el sistema de la escuela unificada.

Si bien es cierto que en ambas Constituciones la enseñanza es gratuita y obligatoria, la del 31 marca una diferencia que no recoge la del 78. Ese privilegio del que gozaban las familias de entonces se recoge en el artículo 43 de aquella Constitución: La República legislará en el sentido de facilitar a los españoles económicamente necesitados el acceso a todos los grados de enseñanza, a fin de que no se halle condicionado más que por la aptitud y la vocación. ¡Cómo han cambiado los tiempos!

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